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Contrato en Alternancia - PLAN-FORM
Contratación Formación Profesional

Contrato en Alternancia

Una modalidad contractual que combina empleo y formación, permitiendo compatibilizar la actividad laboral retribuida con los procesos formativos organizados por tu centro o entidad.

Contrato en Alternancia
Conoce el contrato

Información general

¿Para qué sirve?

Tendrá por objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

¿Quién puede realizarlo?

Se podrá celebrar con personas que carezcan de la cualificación profesional reconocida por las titulaciones o certificados requeridos para concertar un contrato formativo para la obtención de práctica profesional.

También podrán realizarse contratos vinculados a estudios de formación profesional o universitaria con personas que posean otra titulación siempre que no hayan tenido otro contrato formativo previo en una formación del mismo nivel formativo y del mismo sector productivo.

¿Cuál es la duración del contrato?

Será la prevista en el correspondiente plan o programa formativo, con un mínimo de tres meses y un máximo de dos años de vigencia total.

Distribución del tiempo

¿Qué tipo de jornada tiene?

El contrato de formación en Alternancia se podrá celebrar a jornada completa o media jornada. El tiempo de trabajo efectivo deberá ser siempre compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas.

Primer año

Hasta 65%

26h

Trabajo efectivo

14h

Formación

Segundo año

Hasta 85%

34h

Trabajo efectivo

6h

Formación

Retribución económica

¿Cuál es el salario?

La retribución será la establecida en el convenio colectivo de aplicación. En defecto de previsión convencional, se aplica el siguiente porcentaje básico:

Primer año

60%

del salario establecido en convenio colectivo,
en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Segundo año

75%

del salario establecido en convenio colectivo,
en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Restricciones

Otras características

Limitaciones legales e importantes a tener en cuenta al formalizar un contrato de formación en alternancia dentro de la normativa nacional.

Antigüedad en el puesto

No se podrán celebrar contratos formativos en alternancia cuando el puesto ya haya sido desempeñado anteriormente en la misma empresa por más de seis meses.

Sin horas extra

No se podrán realizar horas complementarias ni extraordinarias durante toda la vigencia del contrato de formación en alternancia.

Sin trabajo nocturno

No podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo organizado a turnos los trabajadores vinculados con este contrato de formación.

¿Tienes dudas?

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Nuestro equipo de especialistas en formación y contratos en alternancia está listo para asesorarte de manera personalizada y sin ningún tipo de compromiso.

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